miércoles, enero 30, 2008

Sorpresas te da la vida (o cómo la SGAE interpreta el mundo)

En fin, ya no sé si es por chirigota o la pataleta por la pataleta. Lo que espero fervientemente es que fuera una gracia de quien lo ha pronunciado, ya que en caso contrario me tendría que plantear que el susodicho portavoz es "un poco" descerebrado. Esto viene al caso de esta noticia, donde el Director de Relaciones Corporativas de la SGAE (Sociedad General de Autores y Editores, según ellos, ya que hay diversas versiones del significado de las siglas), suelta una perla monumental. Atención, que es la bomba: eliminar el canon es  jurídicamente inviable.

Uno que se tira 5 años estudiando Derecho, dale que te pego con el poder legislativo para arriba y para abajo, la tramitación parlamentaria de las leyes, materias reservadas a la ley, etc y resulta que aquí el fenómeno va y me tira por tierra mis esquemas, ahora que me los había aprendido.

Resulta que, según se deduce de tal afirmación, poco menos que se autoconstituyen en los depositarios de la potestad legislativa (que la Constitución Española atribuye a las Cortes Generales, depositarias de la representación del pueblo español, titular de la soberanía y tal y cual) o cuando menos sea preceptivo informe suyo previo al respecto cuando se trate de tocarles el bolsillo. O eso, o es que debe de haber visto algún artículo en la Constitución que les garantiza tal derecho (y gravamen para el resto) sin que los demás nos hayamos dado cuenta, tras todos estos años. O_O

Se ve que la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea no les venía bien y han decidido obviarla y de paso obviar todo lo demás que no les convenga. Que no es de recibo que un derecho fundamental como la intimidad se pueda superponer a un derecho de propiedad, según ellos. Deben de tener una Constitución un tanto peculiar en cuanto a su contenido.

Si quieren el texto que utilizamos todos los demás españoles hay varias editoriales que lo publican, o bien pueden consultarlo en la página del BOE, o en la del Congreso, o en muchas otras (como www.constitucion.es). En ese texto al que me refiero, señores campeones de las mamarrachadas y pataletas varias, se distinguen perfectamente los derechos fundamentales y libertades públicas (arts. 15 al 29 CE, es decir, Sección Primera del Capítulo Segundo del Título Primero), del resto de derechos constitucionalmente reconocidos, como es el de la propiedad, pero que la misma constitución limita, de acuerdo con las leyes, adecuándolo a su función social (art.33.2 CE). Y las leyes son normas jurídicas emanadas de las Cortes Generales (definición somera y sin más detalles, no siendo que no la entiendan), no de las opiniones de representantes de entidades privadas.

Aparte de las múltiples ilustraciones formativas de la misma índole que la que me he permitido tomarme la licencia de exponer, que seguramente pueden encontrar tanto internet como en prensa escrita, tendrán una clarificación práctica en cuanto alguien con los suficientes bemoles en este país les deje las cosas claritas. A ver si es pronto, que hay mucho Máster en Reverencias en la clase política (para nuestra desgracia históricamente hemos sido y seguimos siendo la primera potencia mundial en tales lides).

Ojalá que los artistas reciban su justa compensación por sus obras. Ojalá que ustedes no gestionen ni un sólo céntimo de esas compensaciones.

¡A rascarla por ahí adelante!

viernes, enero 25, 2008

Canción del pirata (un olé para Espronceda)

Va una canción del pirata, modificada para tiempos modernos, encontrada en la entrada de Topopardo.

Recomiendo que os bajéis  "la canción del pirata", interpretada por Tierra Santa (a la que hasta el propio Pérez-Reverte le reconoce su valor divulgativo del original de Espronceda) y si os place, cantarla a voz en grito. Eso sí, si os gusta, os podéis comprar el disco (1997-2007), donde se incluyen otras joyas. Palabra que un servidor lo tiene original y que no lamenta mientras vaya a parar a Tierra Santa y no a intermediarios con aspiraciones y métodos propios de sicarios (sí, no me escondo, va por la Sociedad General de Autores y Editores, o SGAE para los enemigos).

A pesar de que resulta curiosa la entrada referida, sigo quedándome con la original, por supuesto. Y no viene mal que os la aprendáis... Lo digo por si alguno/a todavía no la sabe del colegio, que de raros está el mundo lleno  ;)

Hala, a rascarla.

jueves, enero 24, 2008

En el banquillo

Publica El País hoy en este artículo que una familia de Arizona ha sido demandada ante la "(in)justicia" estadounidense por haber descargado música de Kazaa que tiene en cd original, ya que viola los derechos de autor al no haber adquirido los derechos de reproducción para ese formato. La acusación mantiene que el mp3 es "un formato comprimido que permite la inmediata transmisión de archivos de audio digitales de un ordenador a otro por correo electrónico o cualquier otro protocolo". ¿Quién no iba a estar de acuerdo en demonizar los cuchillos, entonces? Todo el mundo sabe que son "instrumentos metálicos afilados que permiten la inmediata ejecución de cualquier persona o animal con cortes sucesivos que aumenten el dolor de la víctima". Y escalpelos, bisturíes, desfibriladores y todo el diabólico material que ronda por centros médicos, que se puede utilizar para el mismo fin.

Se cae de mala, esa argumentación. Sólo espero que el juez de turno sea medianamente lúcido para darse cuenta.

Lo que me pregunto es, ¿cómo se puede denominar a un país en el que si se pudiera (que no es el caso) subsumir una conducta en un tipo delictivo habría más ciudadanos delincuentes que los que no lo son? Desde luego, democracia, no. Si ésta se supone como gobierno de la mayoría con una cierta libertad decisoria, me parecería estúpido que la mayoría de votantes votara en contra de sí mismos (en situaciones particulares, porque en generales realmente lo hacen). Se admiten opiniones sobre la denominación de tipo de gobierno de un estado así (para mí que sería una timocracia).

Y luego se habla de países libres y avanzados...

domingo, enero 20, 2008

Saludos transoceánicos

Más que nada porque acabo de ver que tengo visitas de México (Ciudad de México, Monterrey, Colima, Veracruz y Cancún). Hay que ser educado y saludar a todo el mundo. Por supuesto por las ciudades que veo de España ya sé quiénes sois algunos, así que lo extiendo para todos/as los demás.

Por si os interesa, estas estadísticas, con mapas y demás, las podéis obtener vía Google Analytics (www.google.com/analytics).

Una vez identificados y registrados con una cuenta de gmail (http://gmail.google.com), os facilitan un par de líneas de código para que lo añadáis en el código fuente de vuestra página (si es un blog, sólo en la página principal, of course) y listo. Además os recomiendo las más que útiles Google Webmaster Tools (http://www.google.com/webmasters/tools/?hl=es), que ayudan a mejorar el posicionamiento y el escaneo del sitio por parte de Google.

Por supuesto que ambos recursos son gratuitos.

sábado, enero 19, 2008

iTunes Store: complicar por complicar

El día 15 de enero de 2008, una expectante legión de seguidores de Apple y sus productos y un servidor esperaban expectantes las novedades de la compañía de la manzana para este año. Una de ellas fue que había 5 nuevas aplicaciones para el ipod touch, eso sí, pasando por caja. Pase que cobren por ellas, ya que cada uno valora la utilidad que le reporta y si es mayor que el precio, lo paga y si no, no (aunque a los nuevos compradores del ipod touch, aparte de rebajar el precio les vienen de serie esas aplicaciones).

En fin, como un pardillín, pagué los 17,95 euros que cuestan las aplicaciones citadas. En el momento en el que voy a sincronizar el ipod para que se carguen, recibo como respuesta del iTunes que mi ordenación no tiene autorización. Pues bien, me voy al menú "Store>Dar autorización", ingreso los datos de mi cuenta de la iTunes Store y lo autorizo. Desconecto ipod y vuelvo a conectar. Mismo error. Reinicio Windows Vista y nada. Reinicio el ipod a valores de fábrica, nada. Por supuesto, vuelve a actualizarlo a firmware 1.1.3 pero sigue insistiendo en la autorización. Consulto varios foros y dicen que quitando la opción de gestionar manualmente la sincronización de audio y video se soluciona (un bug del iTunes). NADA.

Reviso la documentación de soporte habida y por haber de Apple, en español y en inglés (esa es otra, no toda está en español) y llegando a un punto de frustración, me decido a contactar con su Servicio de Atención al Cliente. Tras 3 días y algunos más correos en que lo único en claro que me ofrecen es que siga enlaces que ya he visto 5 ó 6 veces y que no resuelven dudas técnicas, me remiten a que llame a los teléfonos de soporte técnico de Apple (no me da la gana pagar por algo que me pueden ofrecer por una vía más adecuada, e-mail, por ejemplo, y donde queda constancia por escrito).

Ayer decidí olvidarme de las aplicaciones y les solicité que me reembolsaran el dinero, recordándoles el derecho que ampara a todo consumidor a tenor del artículo 101 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre de 2007, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (varias leyes que refunde son trasposiciones de Directivas Comunitarias al Derecho Español, es decir, que similares derechos asisten a ciudadanos del resto de la UE). Para ello se exige en las contataciones telemáticas que si lo obtenido como contraprestación es un programa informático éste no se haya usado (no he sido capaz, por desgracia ni siquiera de verlo).

Y esta mañana, al ver mi correo, es cuando me mosqueo sobremanera, al ver la respuesta del Servicio de Atención al Cliente de iTunes Store, donde me manifiestan su preocupación por sus clientes (sin comentarios) y que no pueden discutir acerca de acciones legales (ni siquiera las he mencionado, sólo que me asiste un derecho en base a una normativa legal que les afecta y que quiero ejercerlo legítimamente), remitiéndome de nuevo al servicio técnico vía telefónica, un 902 (que de nuevo insisto, NO ME DA LA GANA).

Les acabo de responder:

(...) "

No es una cuestión técnica lo que reclamo, sino simplemente la anulación del pedido y el reintegro de su importe. Tan fácil como eso. Simplemente les recuerdo, por si no lo tienen en cuenta, del derecho que ampara a todo consumidor (en este caso menciono la normativa legal española, pero está presente en toda la Unión Europea, ya que es una transposición de una Directiva de la misma).

Por tanto, insisto en que es una cuestión de facturación. Anular el pedido y devolverme los 17,95 euros pagados. Simple.

Gracias por la atención.

Un saludo. "

(...)

Una pretensión muuuuuy simple. Espero que me la entiendan bien, así, desmigada, porque me da que las personas que me contestan o bien tienen una comprensión limitada del español (no me refiero a limitaciones intelectuales en absoluto, sino al hecho de que me parece bastante probable que sean extranjeras, lo digo porque hay mucho mal pensado), o se toman poco en serio los reparos de los clientes.

Por el momento, no pienso comprar nada más en la iTunes Store. Me iba a comprar el Apple MacBook Air o un MacBook (y más a largo plazo un iMac), pero ya me lo replanteo (hasta julio tengo tiempo).

Mi experiencia es la que describo, tras 4 días perdiendo tiempo por algo que debería ser mucho más sencillo y sin putear al personal (además los productos de Apple son cualquier cosa menos baratos, como para tener un servicio de atención al cliente tercermundista). Empezó el día 15 y hoy es 19 de enero. Si hubiera algún resultado o acción por parte de Apple reseñable, lo añadiré a esta entrada, espero que para bien.

Saludos.

Añadido 22/01/2008 a las 19:36h GMT+1: Veo en mi tarjeta que tengo el mismo disponible que antes y, pese a que no puedo ver el movimiento, intuyo que finalmente Apple me ha reintegrado el importe. También veo, por otra parte, que el cargo realmente me lo han hecho el día 20 (hasta entonces sólo estaba practicada una retención de disponible). Sin embargo, no he recibido ni un sólo correo que me confirme ni lo de la devolución ni que el cargo real se produjo el día 20. Me sigo preguntando "¿tan difícil es informar al cliente sobre una situación concreta?". Si la razón por la que no actualizaba era por la mera retención del cargo en vez de quedar definitivamente asentado el cargo en la tarjeta hasta el día 20/01/08, con que me hubieran informado, me habría bastado y habría esperado. Si no era ese el motivo y finalmente, atendiendo mi petición de devolución, la han llevado a cabo, me podrían haber informado y tan contentos.

Mucho por mejorar le queda a Apple en cuanto a la relación con sus clientes. Espero que no tenga más incidentes, porque pensaba comprarme un Macbook Air... Desde luego, me creo que no vuelva a utilizar la iTunes Store, por lo menos en un tiempo.

domingo, enero 06, 2008

Anticanon

No salgo de mi asombro pero no debería de sorprenderme. Que el propio Estado establezca un impuesto de facto a favor de entidades privadas, desoyendo la oposición de gran parte de sus ciudadanos (desde luego más numerosa que aquella a quien favorece con la medida pero bastante de largo), es más que  reprochable, pero es que además se atreve a considerarnos como delincuentes. Eso ya se sale de todos los esquemas de la lógica.

Las normas legales, reglamentarias o del rango que sean suponen una manifestación de la soberanía (que reside en el pueblo, no en sus representantes, por si algún político se olvida), del sentir o interés general sobre tal o cual asunto.  Insisto que no dependen de grupos de presión de tamaño irrisorio comparado con la ciudadanía de este país. Sin embargo, desoyendo toda lógica o razón, se ha aprobado en esta monarquía bananera una ley que obliga a todo ciudadano que utilice determinados medios reproductores o almacenadores digitales, susceptibles de poder vulnerar los derechos de autor, a pagar un canon en contraprestación por los derechos de autor que podría vulnerar.

Que podría. Tengamos en cuenta que los autores deberían de obtener una retribución por sus obras independientemente de que el resto de conciudadanos esté de acuerdo o no (si preguntáramos sobre los bancos habría bastante consenso acerca de que no deberían de tener compensaciones económicas por nada de lo que hacen). Hablando bien, rápido y pronto y desde esa perspectiva, SE ESTÁN PASANDO POR EL FORRO DE LOS RESPETABLES LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA DEL ART. 24.2 CE. Tal y como suena. Dan por hecho de que todo aquel que compra un cd virgen es para vulnerar los derechos ajenos, de que quien se compra un reproductor de música lo hace para mofarse de las expectativas económicas de los autores, de que quien retira un libro en préstamo de una biblioteca lo hace dolosamente para evitar financiar de su bolsillo las aventuras literarias de otro.

En cuanto a los libros no voy a dejar de hacerlo, ya que me encantan y seguiré con el papel como soporte, pero en cuanto a música y películas (tengo demasiados cds, vhs y dvds) tendré que presumir yo también que con el canon que soportamos todos ya cubro los derechos de autor ajenos y me posibilita jurídicamente descargarme de internet toda la música, películas, documentales y lo que cuadre, siempre que lo haga en soportes que paguen canon. ¿Esa es la idea, no, señores de la SGAE? A lo mejor es que soy demasiado tonto y ustedes demasiado listos y lo he entendido mal, pero como la ley se puede interpretar... Ya lo irán decidiendo los jueces, que a ellos les corresponde.

Por cierto, que debe de ser por algo que cuando en Google se busca "ladrones", la primera página que aparecía hasta hace un par de semanas en la búsqueda fuera la de la SGAE (ahora aparece la 3ª). Por cierto que aunque utilicen el subterfugio de cambiarla por un .html que tenga la palabra citada en su contenido, antes, cuando aparecían los primeros, era la página principal. Será que soy muy desconfiado, igual que otro par de millones de españoles más.

Espero sinceramente que cada uno tenga su compensación por lo que crea, pero no a costa de todos. Si esto sigue así, habrá que plantearse asociarse para plantear demandas colectivas de compensación de derechos de autor por los soportes utilizados que no vulneren la propiedad intelectual ajena porque se valgan de la propia (grabar fotos propias, escritos propios, música o arte propios). Y que lo paguen con intereses.

Para acabar, me queda la duda de cómo va a distribuirse el beneficio por el canon que reciban las sociedades de gestión de derechos de autor (principalmente la SGAE). Quizá por número de ventas (aunque hay muchos que son mucho más descargados que comprados y tienen muchísima más audiencia que los segundos), por perntenencias o afinidades políticas, por comadreo, por sorteo, por uno para tí, 10.000 para mí... No estaría de más saber cómo y cuánto reciben cada uno de los intervinientes, con el criterio que motiva el reparto, por supuesto.

Que no se les atragante la última votación del Senado respecto al canon.

A rascarla.

Etiquetas: